La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por el promotor de una estación de servicio en una avenida de esa ciudad contra la sentencia que respaldó la decisión municipal de no concederle la licencia al proyectarse la misma sobre una parcela cuyo uso global es residencial.
La sentencia del TSJRM, a la que ha tenido acceso Efe, condena a la parte apelante al pago de las costas generadas con su recurso, aunque las limita a dos mil euros, y añade que la misma puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo si el asunto presenta interés casacional.
Dice la Sala que el proyecto pretendía ejercer un negocio de venta de combustible y de lavado de vehículos, lo que el Ayuntamiento de Murcia consideró incompatible con la calificación urbanística de los terrenos.
Y añade que el proyecto habría supuesto la desagregación de unos 750 metros cuadrados de una parcela de 1.800, por lo que no se trataba de una parcela pequeña que hubiera podido tener encaje en la calificación de uso global residencial.