Los alquileres que se revisen ahora podrán subir hasta un 2,19%, según el índice de referencia publicado este viernes por el Instituto Nacional de Estadística (INE), que se aplica a los contratos firmados tras la entrada en vigor de la ley de vivienda, el 25 de mayo de 2023.
Este nuevo dato, correspondiente a agosto, es superior al registrado un mes antes (2,15%), el más alto desde enero y representa además la tercera subida mensual consecutiva.
Desde que entró en vigor este índice de referencia de arrendamiento, las subidas han sido del 2,2% para el mes de noviembre; del 2,28% en diciembre; del 2,19% en enero; del 2,08% en febrero; del 1,98% en marzo; del 2,09% en abril; del 1,9% en mayo; del 2,1% en abril; del 2,15% en julio y del 2,19% en agosto.
El INE ha situado este viernes la tasa de variación anual del IPC del mes de agosto en el 2,7%, la misma que la registrada en julio, mientras que la subyacente aumentó una décima, hasta el 2,4%.
La Ley de Vivienda establece una serie de medidas de contención de precios en la regulación de los contratos de alquiler y determinaba que sería el INE el encargado de definir este índice de referencia para la actualización anual de los contratos a fin de evitar incrementos desproporcionados, como se estaban registrando por la inflación.
¿Cómo funciona este nuevo índice?
Los alquileres se actualizaban tradicionalmente en la mayoría de los casos con el IPC, pero hace más de dos años cuando la inflación se disparó tras la invasión de Ucrania por parte de Rusia, el Gobierno decidió en abril de 2022 limitar la subida de los alquileres al 2% y para 2024 fijó este porcentaje en el 3%.
Con la entrada de 2025 esos límites a la subida del alquiler desaparecieron, empezando a aplicarse este nuevo índice de referencia, que el INE publica hoy por décima vez.
Las actualizaciones se producen de forma anual, por lo que los caseros que tengan que revisar el alquiler a sus inquilinos podrán aplicar como máximo esta subida, aunque también existe la posibilidad de prorrogar la renta durante 5 años si el propietario de la vivienda es un particular o hasta 7 años si es un gran inversor.
Desde que se publicó este índice, algunos agentes del sector han criticado la media considerando que en la práctica supone un tope a la actualización de las rentas para que se encuentren siempre por debajo de la inflación real, lo que, en su opinión, desincentiva el mercado del alquiler y la generación de más oferta. Además, creen que genera confusión, ya que durante un tiempo coexistirán dos índices diferentes.
La Federación de Asociaciones de Empresas Inmobiliarias (FADEI) cree que limitar tanto el precio del alquiler no tiene sentido en el contexto inflacionario actual y su presidente, Miguel Ángel Gómez, advierte de que de seguir así la oferta caerá y el precio subirá, perjudicando especialmente a quienes más necesitan acceder al alquiler, que son los colectivos más vulnerables que no cuentan con ahorros ni ingresos suficientes para comprar una vivienda.