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miércoles, 21 de enero de 2026

Condenan al INSS a indemnizar a un pensionista por no concederle el complemento de maternidad

Según la sentencia de un juzgado de lo Social de Cartagena, el demandante presentó la reclamación de 1.800 euros por los daños y perjuicios sufridos

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El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) deberá abonar una indemnización de 1.800 euros a un pensionista por los daños y perjuicios sufridos al no concederle el complemento de maternidad que había reclamado.

Así lo dispone la sentencia dictada por un juzgado de lo Social de Cartagena, que declara que el derecho a percibir esa indemnización está avalado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Tribunal Supremo (TS) de España.

Recoge la sentencia que el demandante, beneficiario de pensión de jubilación, solicitó el complemento por maternidad, que le fue denegado por el INSS, pero otro juzgado de lo Social anuló esa resolución y condenó a ese organismo a su abono.

Fue entonces cuando el demandante presentó la reclamación de 1.800 euros por los daños y perjuicios sufridos al haberse visto obligado a acudir a los tribunales en defensa de sus derechos.

El juzgado al que correspondió esa nueva demanda ha dado la razón al pensionista y condena al INSS a abonarle la suma solicitada, a lo que ese organismo se opuso al alegar que se había producido la prescripción, lo que se desestima.

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