La Consejería de Presidencia ha aprobado una prórroga temporal del horario de cierre para determinados establecimientos de hostelería y eventos en la Región de Murcia durante la celebración de Carnaval. Esta medida responde a la alta demanda social y busca equilibrar la actividad económica con el mantenimiento de las condiciones de seguridad y salubridad.
La normativa permite a restaurantes, cafeterías, bares, cafés-teatro y tablaos flamencos extender su horario en dos horas adicionales respecto a lo estipulado en la Circular 2/1994 de la Delegación de Gobierno. Asimismo, los bares especiales, exceptuando las discotecas, también podrán beneficiarse de esta extensión. La disposición se aplicará en municipios donde las fiestas de Carnaval cuenten con programa oficial.
Los días afectados por esta medida serán el 27 y 28 de febrero, el 1, 2, 3, 4, 7 y 8 de marzo, así como el 14 y 15 de marzo de 2025. En aquellos municipios donde la programación lo contemple, los establecimientos podrán operar hasta las 07:00 horas.
A pesar de la ampliación horaria, las autoridades subrayan que los establecimientos deben cumplir con los límites de emisión sonora y demás regulaciones sobre espectáculos públicos y actividades recreativas. La medida mantiene un equilibrio entre el impulso económico y el respeto a las normativas de convivencia.
La extensión horaria supone una mayor afluencia de clientes, incremento del consumo y refuerzo de la actividad empresarial en la hostelería y el ocio. Este tipo de flexibilizaciones suelen traducirse en un aumento en la facturación de los negocios locales, favoreciendo el crecimiento del sector.