La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por el vendedor de un coche contra la sentencia de un juzgado de lo Penal de esa ciudad, que lo condenó a seis meses de cárcel por estafar al comprador al decirle que el vehículo tenía 222.000 kilómetros, cuando en realidad había recorrido más de 592.000.
La sentencia de la Audiencia recoge que el juzgado recogió como hechos probados que la compraventa se hizo en diciembre de 2014, fijándose un precio de cuatro mil euros.
La resolución judicial condenó también al acusado a pagar las costas del proceso y a indemnizar con 5.150 euros al perjudicado, que deberá devolver el vehículo.
La Audiencia, en contra del criterio del fiscal, que se adhirió al recurso, ha desestimado el recurso en una sentencia contra la que cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Y añade que el fiscal pidió la estimación del recurso de apelación al considerar que vendedor y comprador son dueños de sendas empresas de automoción, por lo que el asunto debería ventilarse como un mero vicio oculto, y no como estafa.