Un juzgado de lo Social de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una empresa de un polígono industrial de Lorquí contra a multa de 25.000 euros que le impuso la Comunidad Autónoma tras el accidente sufrido por un trabajador en una máquina, a la que se habían retirado elementos de seguridad para aumentar su rendimiento.
La sentencia señala que la empresa conocía esa situación, por lo que con su conducta contribuyó al accidente, en el que su empleado sufrió el atrapamiento de sus manos.
La sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región, añade que aquel recibió una formación básica en materia de seguridad, aunque no toda la que habría sido aconsejable.
En su recurso, la empresa responsabilizó de lo ocurrido al trabajador al señalar que este, por propia iniciativa, desatendió los planes de actuación y los procesos internos seguros establecidos por la misma, lo que fue una conducta negligente.
Y añadió que pese a haber recibido la formación debida como operador y encargado, decidió acceder sin guardar las medidas de seguridad a la zona donde se produjo el percance.
“Resulta sorprendente, dice el juzgado, que la empresa realice esas manifestaciones y no asuma su responsabilidad en un suceso tan grave, cuando consta acreditado y tiene conocimiento de que ciertos elementos de seguridad de la máquina fueron eliminados para aumentar su rendimiento y evitar que se calentara”.