El Ayuntamiento de Cartagena deberá devolver los 355.000 euros que recibió de la Comunidad Autónoma para la extensión colectiva de la TDT al haber desestimado la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) el recurso que presentó contra esa exigencia.
Señala la sentencia que el consistorio alegó en su descargo que no procedía estimar la reclamación de la Administración regional por caducidad y por vulnerarse el principio de confianza legítima.
También expuso que el objetivo de la subvención se había cumplido por completo y que la exigencia del reintegro constituía una medida desproporcionada.
La sentencia de la Sala considera que la orden de reintegro acordada por la Consejería de Economía estuvo ajustada a derecho, ya que respondía a una decisión europea.
Y añade que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea había impuesto a España la obligación de recuperar esas ayudas. Concluye la Sala que ese fue el motivo de la orden de devolución, no que el dinero no se gastara en la finalidad para la que se había concedido o que se aplicara a otra distinta.