Un juzgado de lo Social de Murcia ha anulado la multa de 3.000 euros que la Comunidad Autónoma había impuesto a una empresa por un accidente laboral, tras determinar que la culpa recayó exclusivamente sobre el trabajador. El accidente, ocurrido durante la manipulación de una tubería, fue provocado por la imprudencia del empleado, quien no siguió el método de trabajo seguro establecido por la empresa.
Según la sentencia, el trabajador incumplió las medidas de seguridad estipuladas para manipular la tubería, que pesaba 60 kilos. Dichas medidas exigían que la tubería estuviera debidamente sujeta con bridas antes de ser manipulada. El trabajador, al no seguir este procedimiento, actuó de forma imprudente, lo que resultó en el accidente que causó la caída de la tubería sobre él.
El tribunal ha avalado la demanda de la empresa, que acreditó que el accidente fue consecuencia de un error humano del trabajador y no de una falta de medidas de seguridad por parte de la compañía. Por este motivo, el juzgado ha decidido anular la sanción económica impuesta a la empresa, eximiéndola de responsabilidad en el incidente.