La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha rechazado el recurso interpuesto por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO contra una sentencia previa que ya había desestimado. En la demanda, el sindicato acusaba a una empresa de haber interferido en el proceso de elecciones sindicales que había convocado.
Según la organización sindical, la demandada había vulnerado el derecho fundamental a la libertad sindical al presionar a dos trabajadores que iban en sus listas para que retiraran su candidatura. Por contra, la Sala de lo Social declaró probado que esos trabajadores informaron a Recursos Humanos que no se había contado con ellos para incluir sus nombres en las listas de candidatos.
La empresa les contestó que podían dejar constancia de ese hecho a través de un documento notarial, lo que así hicieron, corriendo aquella con los gastos. El juzgado recogió que dicha conducta de la empresa no suponía una injerencia ni vulneración de derecho fundamental alguno, por lo que desestimó la demanda de CCOO sobre tutela de la libertad sindical.
Ambos trabajadores que se apartaron de las listas declararon en la vista oral que no habían recibido presión o coacción alguna por parte de la empresa. Con esta resolución, el TSJRM confirma la decisión inicial y descarta que la empresa hubiera vulnerado derechos sindicales o alterado el desarrollo del proceso electoral.