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lunes, 19 de enero de 2026

Firmado el nuevo convenio del transporte por carretera en la Región hasta 2028

El acuerdo alcanzado por FROET, UGT y USO afecta a 30.000 trabajadores y 3500 empresas

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La Federación Regional de Organizaciones y Empresas de Transporte de Murcia (FROET) y los sindicatos UGT y USO han firmado el texto definitivo del Convenio Colectivo para las empresas de transporte de mercancías por carretera de la Región de Murcia para el periodo 2026-2028, tras ratificar el acuerdo alcanzado el pasado 19 de diciembre en la Oficina de Mediación y Arbitraje Laboral (OMAL).

El convenio afecta a cerca de 30.000 trabajadores y 3.500 empresas de la  y será remitido a la autoridad laboral para su validación y posterior publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), momento en el que entrará en vigor. No obstante, las condiciones económicas se aplicarán con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026.

Actualización salarial y estructura retributiva

El acuerdo contempla una actualización inmediata de las tablas salariales, con un incremento del 14% en 2026 respecto a las vigentes en 2018, y subidas adicionales del 4% anual en 2027 y 2028. Esta revisión incluye la integración del plus de transporte dentro del salario base, modificando la estructura retributiva del sector.

Otro de los aspectos centrales del convenio es la unificación del plus de kilometraje para los conductores de vehículos pesados, que pasarán a percibir la misma cuantía desde el primer kilómetro recorrido. En 2026, este concepto aumenta un 40% respecto a 2018 y registrará incrementos adicionales del 15% anual en los dos ejercicios siguientes.

Mejoras en vacaciones y descansos

El texto incorpora mejoras en materia de protección social y conciliación, entre ellas la ampliación de las vacaciones anuales a 31 días naturales, estableciendo que los festivos coincidentes no computen como días de descanso. Además, se introduce un día anual de libre disposición, retribuido y no recuperable.

El convenio reconoce también el derecho a un día adicional de descanso para aquellos conductores que permanezcan más de 15 días continuados fuera de su residencia habitual.

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