La sentencia señala que los hechos se produjeron en una explotación ubicada en una pedanía murciana entre octubre de 2019 y enero de 2020, cuando el acusado se aprovechó de la situación de desamparo familiar y económico de las víctimas.
Añade que los pastores fueron obligados a estar disponibles las 24 horas del día, sin jornadas de descanso, además de pernoctar en la cuadra.
Dice la sentencia también que cuando uno de los vecinos del lugar se quejó al acusado de que el rebaño había invadido su finca llamó al pastor que lo guiaba y le pegó.
Cuando otro le pidió el pago de sus salarios le dijo que extendiera la mano, dándole un palmetazo con un palo.
A la hora de concretar la condena, el tribunal aplica al acusado la atenuante de reparación del daño porque antes de la celebración del juicio había consignado cuatro mil euros para los perjudicados.
La sentencia condena al acusado a indemnizar a no de estos con 4.250 euros por las lesiones sufridas, mientras que no fija cantidad alguna para el otro al haber renunciado este a ello.
El tribunal ha acordado dejar en suspenso la pena privativa de libertad por dos años a condición de que durante ese tiempo no vuelva a delinquir y abone los 250 euros de indemnización que le faltan.