El Juzgado de lo Social de Murcia ha confirmado la sanción de 10.000 euros impuesta a una empresa de combustibles de la Región por dar trabajo a un desempleado sin haberle dado de alta en la Seguridad Social.
La resolución desestima el recurso de la compañía contra la decisión de la Dirección General de Trabajo, que consideró acreditado, tras una actuación de la Inspección de Trabajo, que el empleado prestó servicios durante dos semanas mientras percibía prestaciones por desempleo.
El tribunal señala que la empresa incumplió la normativa laboral al permitir la ocupación de un beneficiario del paro sin haber formalizado previamente su alta en la Seguridad Social, como exige la ley.
La sentencia es firme, ya que la cuantía de la multa (inferior a 18.000 euros) impide su recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.
