La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha rebajado de 19.500 euros a diez mil la multa que deberá abonar una empresa agrícola por el riego de una finca sin autorización porque el agua procedía de unos pozos que sí están inscritos en el registro oficial.
La sentencia, además, suprime el pago de una indemnización de 5.850 euros al considerar, en contra de lo sostenido por la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS), que no hubo daño alguno al dominio público hidráulico.
Señala el TSJRM que el órgano de cuenca declaró probado que el riego se produjo en diciembre de 2020 y que el agua fue utilizada en una plantación de hortalizas de casi 18 hectáreas.
La sentencia declara que la infracción debe ser calificada de leve, en contra de lo declarado por la CHS, que la consideró menos grave.