La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una mujer contra la sentencia del juzgado de lo Penal que la condenó a un año de cárcel por estafar 10.800 euros en el traspaso de un negocio ubicado en Beniel. El tribunal confirma íntegramente la resolución de primera instancia al considerar probado el engaño en la operación.
Según la sentencia, en junio de 2018 la acusada firmó el contrato de traspaso como administradora de una empresa dada de baja en el censo, acordando la cesión del local junto con su mobiliario y existencias. El inventario valoró el stock en 6.500 euros, y el precio del traspaso se fijó en 5.000 euros.
El acuerdo establecía un calendario de pagos de 500 euros a la firma del contrato, 2.500 euros tras el inventario previsto para agosto y el resto en mensualidades de 1.200 euros. Tras tomar posesión del local y de las existencias, la acusada trasladó el negocio a otro edificio de la misma localidad, para el que ya había suscrito un contrato de arrendamiento en julio.
De los importes pactados, la mujer solo abonó los 500 euros iniciales y un único pago de 200 euros en septiembre. La Audiencia señala que existió engaño, destacando que la acusada incluyó en el contrato las cláusulas más favorables a su propósito. El tribunal subraya que fijó una cantidad reducida a la firma, “que fue entregada para no inspirar desconfianza”.
