La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia del juzgado de Primera Instancia de Cartagena que declaró nulo el contrato de microcrédito suscrito por el demandante y una financiera al ser los intereses usurarios al superar el 1.221%.
La sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que la financiera entregó al cliente un crédito de 400 euros, con la obligación de devolver 570 a los 62 días.
El juzgado declaró nulo ese contrato de microcrédito por falta de transparencia y la existencia de usura, lo que iba en perjuicio del consumidor.
La Sala ha estimado ahora el recurso que este presentó contra la sentencia apelada, que no condenó en costas a la demandada al considerar que habían existido unas negociaciones entre las partes para alcanzar un acuerdo extrajudicial.
Frente a esa argumentación, la Audiencia dice que sí procede la condena en costas, ya que aunque el cliente abonó los 570 euros, la financiera, en aquella transacción, solo le ofreció la devolución de 500.

